3

Nuevas publicaciones

La doble inmatriculación se produce cuando una misma finca aparece inscrita dos veces en el Registro, total o parcialmente, a nombre de titulares distintos. Aunque poco frecuente, genera una grave inseguridad jurídica y paraliza cualquier operación sobre el inmueble. Suele originarse por errores en linderos y cabidas, expedientes mal tramitados, desajustes con Catastro o, en ocasiones, títulos fraudulentos. En estos casos la fe pública registral no protege, porque la duplicidad invalida la presunción de exactitud del Registro. El Tribunal Supremo ha establecido que estos conflictos se resuelven aplicando el Derecho civil: comparando títulos, antigüedad, buena fe y posesión. Solo un juez puede decidir cuál es el verdadero propietario y ordenar la rectificación del Registro. La prevención pasa por revisar el historial registral completo, comprobar la correspondencia con Catastro y acudir a asesoramiento especializado. Cuando ya existe duplicidad, es imprescindible iniciar un juicio declarativo para restaurar la seguridad jurídica.

Lo que parece una compra puede ser solo un alquiler encubierto. Conocer las condiciones reales es la clave

En Madrid se están ofreciendo viviendas bajo la apariencia de compraventa que en realidad no pueden venderse en propiedad durante los primeros 15 años. Se trata de promociones levantadas en suelo municipal con la obligación legal de destinarse a alquiler asequible. Los contratos que firman los interesados no son escrituras de compraventa, sino aportaciones a una cooperativa para financiar el proyecto. Esto implica riesgos importantes: no se adquiere la propiedad, puede que ni siquiera se acceda al alquiler si no se cumplen los requisitos, y además se asumen responsabilidades económicas como socio. Antes de firmar, conviene informarse bien, exigir garantías y contar con asesoramiento jurídico especializado

Contenidos

2 min de lectura

Sin ser muy numerosas las consultas que se realizan al Despacho en asuntos relativos a las obras para permitir el acceso de los discapacitados a las Comunidades de Propietarios, sí que tienen una enorme importancia personal para los afectados ya que les limita grávemente su libertad cuando viven en una Comunidad que no es receptiva en relación a los derechos de los discapacitados.

Para evitar estas situaciones injustas existe legislación encaminada a evitarlas y que establece tres vías claramente diferenciadas.

  1. Se puede obligar a la Comunidad a consentir la realización de las obras, en los términos de la Ley 15/1.995, debiendo asumir los interesados el coste total de las obras.
  2. Se puede obligar a la Comunidad a realizar y costear las obras cuyo importe no exceda de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes en los términos del artículo 10.2 de la Ley de Propiedad Horizontal. Lo que exceda de esta cantidad deberá ser abonada por el interesado.
  3. Se puede promover un acuerdo comunitario para que con las mayorías que procedan apruebe la realización de las obras, según se desprende de los artículos 11.3 y 17.1º de la Ley de Propiedad Horizontal. El coste será asumido íntegramente por la Comunidad.

Por otra parte, el perjudicado por una decisión arbitraria de su Comunidad podrá hacer valer los derechos que le vienen reconocidos en la Ley 51/2.003 de Igualdad de Oportunidades, no Discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad y proceder a denunciar administrativamente a dicha Comunidad al amparo de la Ley 49/2.007 que establece el Régimen de Infracciones y Sanciones en materia de Igualdad de Oportunidades.

Pedro Pablo Fernández Grau

Abogado. Colegiado ICAM 43.197

¿Necesitas ayuda legal?

Somos profesionales con una experiencia jurídica de más de 30 años que nos permite conseguir las mejores soluciones legales.

Otras publicaciones

Usucapión de Elementos Comunes en una Comunidad de Propietarios bajo la Ley de Propiedad Horizontal

DEPARTAMENTO DE PROPIEDAD HORIZONTAL La usucapión, también conocida como prescripción adquisitiva, es un mecanismo jurídico ...
Leer más →

Que sucede con la hipoteca de un inmueble que pertenece a varios propietarios y uno de ellos transmite su parte: ¿se libera de su obligación de pago?

Es bastante frecuente la pregunta de si sigue obligado al pago de la hipoteca el ...
Leer más →

Precio de la vivienda y COVID-19 – Artículo Boletín Urbanismo y Derecho Mayo 2020

VALORACIONES INMOBILIARIAS ANA I. GARCÍA PÉREZ –ARQUITECTA Los expertos coinciden en que la pandemia del ...
Leer más →
Scroll al inicio

CONTACTO

Puedes rellenar el siguiente formulario para ponerte en contacto con nosotros y consultarnos cualquier duda.Te responderemos en el menor tiempo posible.

Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles. Puede consultar nuestra política de privacidad