El urbanismo, es un concepto que nos remite a la planificación, diseño y regulación del uso del suelo, ha sido siempre crucial para el desarrollo sostenible y estructurado de las ciudades. En España, cada comunidad autónoma tiene la potestad de regular cómo se desarrolla el urbanismo en su territorio. En la Comunidad de Madrid, el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) se erige como el instrumento fundamental en esta tarea. En este artículo, haremos un esbozo de qué es exactamente un PGOU y cómo se aprueba.
¿Qué es un Plan General de Ordenación Urbana?
Dentro del marco del urbanismo, el PGOU es el principal instrumento de planeamiento urbanístico. Su objetivo es regular y establecer el modelo de desarrollo territorial y urbano para un municipio. En otras palabras, determina cómo se usará cada parcela de suelo: si será para viviendas, para comercios, zonas verdes, infraestructuras, etc. Además, establece los criterios de edificación y las normas que deben seguirse.
Importancia de la Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid
Esta ley es el referente en materia de urbanismo para la Comunidad de Madrid. Contiene las normas y regulaciones sobre cómo debe realizarse la ordenación del territorio y la urbanización. En relación con el PGOU, la Ley 9/2001 establece el marco legal para su elaboración, revisión, aprobación y gestión.
Procedimiento de Aprobación del PGOU en la Comunidad de Madrid
El proceso de aprobación del PGOU, según la Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid, puede resumirse en los siguientes pasos:
Elaboración: El ayuntamiento correspondiente, con la colaboración de técnicos y expertos en urbanismo, realiza una propuesta de PGOU.
Aprobación Inicial: Una vez elaborado el borrador del PGOU, el Pleno del ayuntamiento debe aprobarlo inicialmente. A continuación, se somete a información pública por un periodo no inferior a un mes, durante el cual cualquier ciudadano o entidad puede presentar alegaciones.
Aprobación Provisional: Después de considerar y resolver las alegaciones presentadas, el ayuntamiento puede modificar el PGOU y, posteriormente, aprobarlo provisionalmente. Luego, se remite a la Comunidad de Madrid para su supervisión.
Aprobación Definitiva: La Comunidad de Madrid, tomando como referencia la Ley 9/2001 del Suelo, examina el PGOU. Si cumple con todos los requisitos, se otorga la aprobación definitiva, y el PGOU entra en vigor.
Los artículos del 57 al 67 de la Ley 9/2001 del Suelo detallan el procedimiento de aprobación, revisión y modificación del PGOU en la Comunidad de Madrid.
Conclusión
El urbanismo, como herramienta que guía el desarrollo de nuestras ciudades, tiene en el PGOU un instrumento esencial. Su aprobación, en la Comunidad de Madrid, se rige por la Ley 9/2001 del Suelo, que establece el procedimiento para garantizar que el plan responda a las necesidades y objetivos del municipio y cumpla con las regulaciones autonómicas.

