Desde hace años se venden pisos que proceden de la segregación de otro mayor lo que, en principio, no es ilegal pero que puede llegar a dar enormes quebraderos de cabeza si no se ha contado con la obligación de solicitar las licencias de segregación, de obra y, en su caso, de primera ocupación.
El primero y principal problema práctico con el que nos podemos encontrar es que las empresas suministradoras de energía eléctrica, gas, agua y telecomunicaciones tienen que solicitar, por imperativo legal, las licencias municipales que, de no tenerlas, nos negarán la contratación de dichos suministros.
Con la segregación se habrán realizado obras para adaptar su configuración a su nuevo tamaño pudiendo incumplir con las ordenanzas urbanísticas referentes a tamaño de dormitorios, ventilación de cocinas y baños, iluminación, etc, por lo que estaríamos en riesgo de que la inspección urbanística nos obligara a demoler las obras realizadas, aunque no las hubiéramos hecho nosotros ya que en urbanismo el comprador se subroga en las consecuencias de las infracciones, a excepción de la multa.
Pudiera ser, también, que se hubiera procedido al cerramiento de terrazas lo que casi en la mayoría de los casos es ilegal pudiendo el Ayuntamiento instar su demolición.
En definitiva, la compra de un piso segregado tiene innumerables inconvenientes que será necesario examinar antes de entregar una señal, ya que los problemas surgirán con posterioridad al otorgamiento de la escritura pública lo que nos obligará a acudir a los Tribunales para solicitar la correspondiente resolución del contrato e indemnización.
Pedro Pablo Fernández Grau
Abogado. Colegiado ICAM 43.197

