El Tribunal Supremo, mediante las sentencias 1232/2024 y 1233/2024, aclara que el artículo 17.12 de la Ley de Propiedad Horizontal permite a las comunidades de propietarios prohibir los alquileres turísticos mediante mayoría cualificada. Esta interpretación, aunque controvertida por su carácter restrictivo del derecho de propiedad, busca equilibrar la convivencia vecinal y el acceso a la vivienda.





